Art. 594 del Código del Trabajo
Medidas precautelatorias
Vigentedesde el 9 de abril de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 9 de abril de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
La prohibición, el secuestro, la retención y el arraigo, podrán solicitarse con sentencia condenatoria, así no estuviere ejecutoriada.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.