Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código del TrabajoTÍTULO VI ORGANIZACIÓN, COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTO

Art. 564

Reglamentación del servicio de empleo y recursos humanos

Vigente desde 2026-04-09

El Presidente de la República, reglamentará el servicio de empleo y recursos humanos.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.