Art. 323 del Código del Trabajo
No comprende a los trabajadores de transporte
Vigentedesde el 9 de abril de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 9 de abril de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
No comprende a los trabajadores de transporte la prohibición que contempla el artículo 82 de este Código.
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