Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código TributarioTÍTULO III. DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Art. 70

Facultad sancionadora

Vigente desde 2025-10-03

En las resoluciones que expida la autoridad administrativa competente, se impondrán las sanciones pertinentes, en los casos y en la medida previstos en la ley.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.