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Art. 30.2 del Código Tributario

Jerarquía y aplicación de las leyes

Vigentedesde el 3 de octubre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 3 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
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Los funcionarios de la Autoridad Tributaria aplicarán las leyes que regulan aspectos relativos a la relación tributaria con los respectivos sujetos pasivos, considerando el criterio jerárquico exclusivo previsto en la Constitución de la República.

Todas las leyes vigentes deben ser aplicadas por la Autoridad Tributaria, tanto si es que en aquellas se regulan todos los elementos de un determinado tributo, como también en los casos en que el contenido de dichas leyes se refiera únicamente a uno o varios aspectos específicos de la relación jurídica tributaria.

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