Art. 28 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones
De la aplicación de los incentivos
Vigentedesde el 29 de julio de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 29 de julio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
La Secretaría del Comité Estratégico de Promoción y Atracción de Inversiones coordinará con los organismos de control competente, la ejecución adecuada de los beneficios reconocidos para cada proyecto de inversión, sin que se pueda exigir a los inversionistas otros requisitos que los establecidos en esta legislación.
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