Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código Orgánico de la Producción, Comercio e InversionesTÍTULO III De las Sanciones a las Infracciones Aduaneras

Art. 189

Deber de no injerencia en competencias privativas del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador

Vigente desde 2026-07-29

Los órganos de la Función Judicial no intervendrán en las competencias privativas para la desaduanización de mercancías que hubiesen sido objeto de una investigación penal, que confiere este Código al Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.

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