Disposición Transitoria PRIMERA
DT 1
Vigentedesde el 15 de junio de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 15 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Plazo para la transferencia de competencias.- El plazo máximo de transferencia de las competencias exclusivas, será establecido por el Consejo Nacional de Competencias. En el plazo máximo de ocho años, el Consejo Nacional de Competencias transferirá las competencias adicionales a los gobiernos autónomos descentralizados.
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