Disposición Reformatoria Sexta
DR 6
Vigentedesde el 4 de junio de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 4 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
En el Código del Trabajo, en el artículo 36, incorpórese como último inciso, lo siguiente: "Exceptúase de la solidaridad señalada en el inciso anterior a las entidades que conforman el sector público y a las empresas públicas. En consecuencia, no podrá ordenarse medida cautelar o ejecutarse sentencia alguna en contra de los representantes legales o administradores de las referidas entidades o empresas.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.