Código Orgánico Monetario y Financiero › TÍTULO III DISPOSICIONES AFINES
DG 4
(Disposición General Cuarta)
Vigente desde 2026-06-04
Transacciones monetarias y financieras a través de paraísos fiscales. La Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera regulará las transacciones monetarias y financieras con el exterior, especialmente las realizadas con paraísos fiscales o jurisdicciones de menor imposición a la del Ecuador, de acuerdo con las definiciones que establezca el Servicio de Rentas Internas. El Banco Central podrá solicitar a las entidades del sistema financiero nacional información sobre la cadena completa de pagos a nivel internacional de las transacciones monetarias y financieras. También podrá solicitarse la información de sustento correspondiente a las personas naturales y jurídicas ordenantes de dichas transacciones, que representen los montos acumulados más importantes de conformidad con las regulaciones que emita la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera.
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