Código Orgánico Monetario y Financiero › TÍTULO III DISPOSICIONES AFINES
DG 2
(Disposición General Segunda)
Vigente desde 2026-06-04
Funciones de la Junta. Todas las funciones en materia de política y regulación que las leyes vigentes a la fecha de promulgación de este Código, otorgan a la Junta Bancaria, Directorio del Banco Central del Ecuador, Junta de Regulación del Sector Financiero Popular y Solidario, Junta de Regulación del Mercado de Valores, Directorio de la Corporación del Seguro de Depósitos y Directorio del Fondo de Liquidez, serán asumidas por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, salvo los casos expresamente delegados a los organismos de control en este Código.
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