Disposición General Décima segunda
DG 12
Vigentedesde el 4 de junio de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 4 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Competencia para sancionar. La competencia para sancionar las infracciones de las entidades del mercado de valores y seguros, sus administradores, funcionarios o empleados, auditores interno y externo, firmas calificadoras de riesgo, peritos valuadores y otros que efectúen servicios de apoyo a la supervisión, corresponde a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
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