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Art. 427 del Código Orgánico Monetario y Financiero

Vigentedesde el 4 de junio de 2026

Consolidación:
texto consolidado al 4 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
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Entidades de servicios financieros. Las entidades de servicios financieros son los almacenes generales de depósito, las casas de cambio y las corporaciones de desarrollo de mercado secundario de hipotecas.

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