Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código Orgánico Monetario y FinancieroTÍTULO II SISTEMA FINANCIERO NACIONAL

Art. 422

Vigente desde 2026-06-04

Solvencia, prudencia y control del grupo financiero. Las entidades que integren un grupo financiero, conforme lo previsto en esta sección, en forma individual y consolidada, estarán sujetas a todas las normas de solvencia, prudencia financiera y de control determinadas en este Código y al control de la Superintendencia de Bancos.

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