Art. 407 del Código Orgánico Monetario y Financiero
Vigentedesde el 4 de junio de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 4 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Estructura. El gobierno de las entidades financieras privadas estará integrado por: 1. Junta General de Accionistas; 2. Directorio; y 3. Representante legal Los miembros del directorio y los representantes legales serán considerados los administradores de la entidad. No se considerarán administradores a los procuradores judiciales que actúen en nombre de la entidad.
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