Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código Orgánico Monetario y FinancieroTÍTULO PRELIMINAR DISPOSICIONES COMUNES

Art. 35

Vigente desde 2026-06-04

Créditos privilegiados. Los créditos y obligaciones adeudados al Banco Central del Ecuador gozarán de preferencia, en los términos de este Código.

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