Art. 305 del Código Orgánico Monetario y Financiero
Vigentedesde el 4 de junio de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 4 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Presunción de quiebra fraudulenta. Cuando una entidad financiera sea puesta en liquidación forzosa, se presumirá que es consecuencia de actos dolosos cometidos por los administradores, funcionarios o empleados que hubiesen participado en cualquiera de los actos señalados por el Código Orgánico Integral Penal.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.
Este artículo es citado por (1)
- Art. 238 del Código Orgánico Monetario y Financiero
«patrimonio los vinculados y los funcionarios incursos en los actos determinados en el artículo»
Referencias verificadas en las normas ya indexadas. El índice cubre por ahora una parte del corpus.