Art. 270 del Código Orgánico Monetario y Financiero
Vigentedesde el 4 de junio de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 4 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Extinción de las sanciones. Las sanciones impuestas podrán extinguirse en los siguientes casos: 1. Por el cumplimiento de la sanción; 2. Por la aceptación de reclamo o recurso administrativo; y, 3. Por sentencia judicial.
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