Art. 21 del Código Orgánico Monetario y Financiero
Consejo Consultivo
Vigentedesde el 4 de junio de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 4 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Es la instancia de carácter consultivo para la retroalimentación de la política pública financiera y monetaria. Esta instancia tendrá representación de la sociedad civil; de los sectores productivos; de los sectores popular y solidario y privado del sistema financiero nacional, cuya elección, participación y requisitos de las personas y organizaciones serán determinados en la normativa que expida la Junta.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.