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Art. 21 del Código Orgánico Monetario y Financiero

Consejo Consultivo

Vigentedesde el 4 de junio de 2026

Consolidación:
texto consolidado al 4 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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Es la instancia de carácter consultivo para la retroalimentación de la política pública financiera y monetaria. Esta instancia tendrá representación de la sociedad civil; de los sectores productivos; de los sectores popular y solidario y privado del sistema financiero nacional, cuya elección, participación y requisitos de las personas y organizaciones serán determinados en la normativa que expida la Junta.

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