Código Orgánico Monetario y Financiero › TÍTULO II SISTEMA FINANCIERO NACIONAL
Art. 197
Vigente desde 2026-06-04
Operaciones en otros medios de pago. Las entidades del sistema financiero nacional podrán realizar operaciones en otros medios de pago, de acuerdo con las normas que dicte la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria.
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