Código Orgánico Monetario y Financiero › TÍTULO II SISTEMA FINANCIERO NACIONAL
Art. 169
Personas con propiedad patrimonial con influencia
Vigente desde 2026-06-04
Para las entidades del sistema financiero nacional, se consideran personas con propiedad patrimonial con influencia a las personas naturales o jurídicas que posean, directa o indirectamente, el 25% o más del capital suscrito y pagado o del capital social. 29 de Noviembre del 2021 .
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