Vigente
CuentaComprobando cuenta

Art. 162.2 del Código Orgánico Monetario y Financiero

Entidades de servicios financieros

Vigentedesde el 4 de junio de 2026

Consolidación:
texto consolidado al 4 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
Compartir:WhatsAppXLinkedIn

Son entidades de servicios financieros los almacenes generales de depósito, casas de cambio y corporaciones de desarrollo de mercado secundario de hipotecas.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.