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Art. 16 del Código Orgánico Monetario y Financiero

Procedimiento para la remoción

Vigentedesde el 4 de junio de 2026

Consolidación:
texto consolidado al 4 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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Para proceder con la remoción de uno o varios miembros de la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria durante el ejercicio de su cargo, se garantizará el debido proceso para lo cual la Asamblea Nacional observará el procedimiento establecido en la Sección V del Capítulo VIII de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

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