DG 1
(Disposición General PRIMERA)
Vigente desde 2010-05-05
Procedimiento general para la devolución del Fondo de Reserva.-El afiliado podrá solicitar al IESS, mediante solicitud electrónica, la devolución total o o// parcial de sus Fondos de Reserva, incluidos los intereses capitalizados. Para el fl efecto, previamente deberá obtener en el IESS una clave de acceso informático !!/ personal, a través de los aplicativos instalados, a fin de procesar su solicitud y acreditará una cuenta activa en una entidad del sistema financiero nacional. ...t /'"/ / INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL CONSEJO DIRECTIVO Resolución No. C.D.316 Pág.4 Una vez receptada la solicitud, el IESS transferirá los valores solicitados por el afiliado en la cuenta acreditada, hasta por el ciento por ciento (100%) de su Fondo de Reserva, en un plazo no mayor a tres (3) días laborables a partir del día siguiente a la fecha de registro de la solicitud. Si el beneficiario solicitare la entrega parcial de sus Fondos de Reserva, el IESS le devolverá el valor solicitado, en el que se incluirá la totalidad de los intereses a los que tenga derecho a la fecha de liquidación. El valor restante se acreditará en su cuenta personal del Sistema Historia Laboral, con derecho a los intereses correspondientes a partir de esa fecha, diferenciando esos valores a fin de que el interesado pueda solicitar su devolución a futuro.
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