Art. 7
Prohibiciones
Vigente desde 2010-05-05
Prohíbese la devolución, utilización o retiro, parcial o total del Fondo de Reserva, fuera de los casos previstos en la Ley de Seguridad Social y en el presente Reglamento.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.