Art. 996 del Código de Comercio
Vigentedesde el 13 de octubre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 13 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
La responsabilidad del transportador por las mercancías comprende el período durante el cual ellas están bajo su cuidado y custodia, sea en tierra o a bordo de conformidad con los términos del contrato de transporte.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.
Este artículo es citado por (1)
- Art. 997 del Código de Comercio
«los efectos del artículo precedente, se considerará que las mercancías están bajo el cuidado y la custodia del»
Referencias verificadas en las normas ya indexadas. El índice cubre por ahora una parte del corpus.