Art. 918 del Código de Comercio
Vigentedesde el 13 de octubre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 13 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Los acreedores de créditos garantizados con privilegios marítimos no podrán subrogarse en los derechos del propietario de la nave a la indemnización debida en virtud de un contrato de seguro.
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