Art. 882 del Código de Comercio
Vigentedesde el 13 de octubre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 13 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Las facultades, atribuciones y obligaciones del capitán se rigen por la ley ecuatoriana.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.