Art. 72 del Código de Comercio
Vigentedesde el 13 de octubre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 13 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Además de los modos que establece el Código Civil, el mandato conferido a los dependientes se extingue: a) Por su absoluta inhabilitación para el servicio estipulado; b) Por la enajenación del establecimiento en que sirvieren; o, c) Por haber perdido su condición.
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