Código de Comercio › TÍTULO SEXTO LA AGENCIA, LA COMISIÓN Y EL CORRETAJE
Art. 516
Vigente desde 2025-10-13
El corredor no garantiza la cantidad de las mercancías vendidas ni su calidad, aun cuando éstas no resulten conformes con las muestras que hubiere exhibido al comprador, salvo en caso de mala fe.
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