Art. 1346 del Código de Comercio
Vigentedesde el 13 de octubre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 13 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Para establecer los límites de responsabilidad a los que se refieren los artículos anteriores, se aplicarán las reglas y métodos establecidos en normas comunitarias andinas de la materia o instrumentos internacionales vigentes en el Ecuador que versen sobre transporte multimodal.
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