Art. 1237 del Código de Comercio
Vigentedesde el 13 de octubre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 13 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
La recepción del equipaje, sin protesta, implica la renuncia a toda reclamación posterior, sin perjuicio del derecho de indemnización y su prescripción establecido en los convenios internacionales de aviación civil ratificados por el Estado ecuatoriano.
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