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Art. 1211 del Código de Comercio

Vigentedesde el 13 de octubre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 13 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
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La acción para que se declare una avería gruesa o común, prescribe en el plazo de seis meses contados desde la fecha de entrega de las mercancías o desde que se pone término al viaje.

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