Art. 1003 del Código de Comercio
Vigentedesde el 13 de octubre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 13 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
En caso de prestar auxilios a terceros, el transportador no será responsable salvo por avería gruesa, cuando la pérdida daño o retraso en la entrega hayan provenido de medidas adoptadas para el salvamento de vidas humanas o de medidas razonablemente adoptadas para el salvamento de bienes en el mar.
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