Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código CivilTÍTULO XL DE LA PRESCRIPCIÓN

Art. 2398

Vigente desde 2025-11-26

Salvo las excepciones que establece la Constitución, se gana por prescripción el dominio de los bienes corporales raíces o muebles, que están en el comercio humano, y se han poseído con las condiciones legales. Se ganan de la misma manera los otros derechos reales que no están especialmente exceptuados.

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