Art. 1391 del Código Civil
Vigentedesde el 26 de noviembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 26 de noviembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Los gastos necesarios para la entrega de las cosas legadas se mirarán como una parte de los mismos legados.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.