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Art. 63 del Se expide el Reglamento del régimen especial laboral de la gente de mar y de aplicación del Convenio sobre el Trabajo Marítimo (MLC, 2006) en el Ecuador

Vigentedesde el 8 de octubre de 2026

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Multas para infracciones graves. Las infracciones graves serán sancionadas, cuando corresponda con estricta sujeción a los montos y límites fijados en el Código del Trabajo, Convenio sobre Trabajo Marítimo (MLC, 2006) de ser correspondiente y otras normas laborales vigentes, de acuerdo con la siguiente escala:

Número de trabajadoresMulta
De 1 a 92,58 SBU
De 10 a 255,75 SBU
De 26 a 498,92 SBU
De 50 a 19912,08 SBU
De 200 a 54015,25 SBU
De 541 en adelante18,42 SBU

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