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Art. 43 del Se expide el Reglamento del régimen especial laboral de la gente de mar y de aplicación del Convenio sobre el Trabajo Marítimo (MLC, 2006) en el Ecuador

Vigentedesde el 8 de octubre de 2026

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Objeto de la inspección. La inspección laboral tendrá por objeto verificar el cumplimiento de las condiciones de trabajo de la gente de mar a bordo de los buques de bandera ecuatoriana, de conformidad con el Código del Trabajo, la legislación nacional aplicable, el Convenio sobre el Trabajo Marítimo (MLC, 2006) y las disposiciones del presente Reglamento.

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