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Art. 12 del Se expide el Reglamento del régimen especial laboral de la gente de mar y de aplicación del Convenio sobre el Trabajo Marítimo (MLC, 2006) en el Ecuador

Vigentedesde el 8 de octubre de 2026

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Disponibilidad del acuerdo. La persona trabajadora recibirá una copia de su acuerdo o contrato de empleo marítimo y tendrá acceso a los documentos que formen parte de sus condiciones de empleo.

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