Vigente
CuentaComprobando cuenta

Art. 5 del Se expide el Acuerdo Ministerial que regula el procedimiento de autorización de turnos u horarios especiales de trabajo

De los turnos y horarios especiales en la contratación colectiva

Vigentedesde el 10 de marzo de 2026

Texto cargado en Vigente:
Compartir:WhatsAppXLinkedIn

Aquellos turnos u horarios especiales que se encuentren previstos en contratos colectivos y actas transaccionales, se mantendrán inalterables.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.