Art. 5 del Se expide el Acuerdo Ministerial que regula el procedimiento de autorización de turnos u horarios especiales de trabajo
De los turnos y horarios especiales en la contratación colectiva
Vigentedesde el 10 de marzo de 2026
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Aquellos turnos u horarios especiales que se encuentren previstos en contratos colectivos y actas transaccionales, se mantendrán inalterables.
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