Vigente
CuentaComprobando cuenta

Disposición Transitoria TERCERA

DT l1-t16-c2-ro66-3

Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
Compartir:WhatsAppXLinkedIn

Desde la vigencia de la presente norma, el representante legal del sujeto obligado iniciará el proceso de calificación del oficial de cumplimiento, que no se encuentre registrado en la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) o por reemplazo del mismo. Este proceso se desarrollará en la página web de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, a través del sistema de trámites en línea, siguiendo los procedimientos establecidos en la guía del registro de oficiales de cumplimiento. Es responsabilidad del representante legal del sujeto obligado promover el proceso de calificación. (Disposición Cuarta derogada por artículo 16 de la Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2024-0013)

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.