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Disposición General QUINTA

DG l1-t15-c1-5

Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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El Director Nacional Financiero supervisará el cumplimiento de las labores asignadas a las secciones de contribuciones y a los servidores responsables de esta función en las intendencias regionales, evaluará el proceso de recaudación de las contribuciones y recomendará las acciones correctivas que fueren del caso. La Dirección Nacional Financiera informará al Intendente Nacional Administrativa y Financiera, mensualmente o cuando sea requerido, sobre la recaudación de contribuciones a nivel nacional.

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