PRIMERA
DF l1-t6-c9-ro312-1
Vigentedesde el 24 de junio de 2026
- Fuente:
- Registro Oficial Suplemento 312, 24 de junio de 2026
- Texto cargado en Vigente:
La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial, sin perjuicio de su publicación en la Gaceta Societaria electrónica.
SEGUNDA: Encárguese a la Dirección Nacional de Gestión Documental y Archivo las gestiones para que esta resolución se publique en el Registro Oficial.
TERCERA: Encárguese de incorporar la presente resolución como Capítulo IX en el Título VI del Libro I de la Codificación de las Normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros a la Dirección Nacional de Consultas y Desarrollo Normativo; y de su publicación en la Gaceta Societaria electrónica a la Dirección Nacional de Tecnologías de la Información y Comunicación.
CUARTA: La Dirección Nacional de Gestión Documental y Archivo, la Dirección Nacional de Actos Societarios y Disolución, y la Intendencia Nacional de Planificación y Gestión Estratégica deberán implementar los cambios necesarios en el portal web institucional para el cumplimiento de lo dispuesto en esta resolución.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.