Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO IX DE LA DISOLUCIÓN
Art. 2
SOBRE LOS MODOS DE DISOLUCIÓN
Vigente desde 2025-09-05
Las compañías controladas por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros se disolverán: a. De pleno derecho; b. Por voluntad de los socios o accionistas, expresada en junta general; c. Por decisión de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros; o d. Por sentencia ejecutoriada.
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