Art. 1 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
MEDICIÓN DE LOS BIENES INMUEBLES DE LAS PYMES EN APLICACIÓN DE LAS NIIF
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Toda compañía que posea bienes inmuebles y que aplique la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las PYMES) a partir del 1 de enero de 2012, en la fecha de transición (1 de enero de 2011), en aplicación de la sección 35, podrá medirlos a su valor razonable o reavalúo, utilizando el avalúo comercial consignado en la carta de pago del impuesto predial del año 2011, o basarse en un avalúo elaborado por un perito calificado por la Superintendencia de Compañías.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.
Este artículo es citado por (1)
- Art. l1-t7-c7-2 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros · REGISTRO DE ACTIVOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010
«se registraron separadamente, en caso de acogerse al avalúo comercial referido en el artículo precedente, para efectos de contabilización deberá distribuirse dicho avalúo de manera»
Referencias verificadas en las normas ya indexadas. El índice cubre por ahora una parte del corpus.