Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO II DEL CAPITAL
Art. 8
Vigente desde 2025-09-05
En los casos de suscripción mediante oferta pública, los administradores cumplirán con las normas previstas por la Ley de Compañías, Ley de Mercado de Valores y sus Reglamentos.
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