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Art. 6 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros

Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
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La transferencia de acciones preferidas no está sujeta a limitación alguna. Se considerará válidamente realizada y surtirá todos sus efectos si se cumplen con los requisitos previstos por la Ley de Compañías para la transferencia de las acciones ordinarias.

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