Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO II DEL CAPITAL
Art. 22
Vigente desde 2025-09-05
Al liquidarse la compañía, entre los privilegios que se otorguen a las acciones preferidas pueden destacarse los siguientes: 1) Derechos de Reembolso Preferente. Las acciones preferidas se reembolsan en primer término, de acuerdo con su valor nominal. A continuación procederá el reembolso de las acciones ordinarias. Si aún resta activo repartible se distribuirá, sin ninguna distinción, por igual entre las dos clases de acciones. 2) Privilegios para ser Reembolsadas con una Prima Especial. El contrato puede prever que el valor nominal de las acciones preferidas sean reembolsadas con una prima especial y prioritaria. 3) Preferencia para Cobrar con Dividendo Acumulativo. Las acciones preferidas que gozan de dividendo acumulable de utilidades, que no hubieren sido satisfechas, oportunamente, tienen derecho a ser reembolsadas conjuntamente, su valor nominal con los dividendos atrasados que se adeuden, siempre que hubiere suficiente remanente.
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