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Art. l1-t17-cu-8 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros

SEGUIMIENTO DE LA NORMATIVA APROBADA

Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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En el proceso de seguimiento de la normativa, las unidades de desarrollo normativo deberán ejecutar las siguientes actividades: - Verificación del cumplimiento del Plan Normativo aprobado.- Análisis respecto al nivel de cumplimiento de la normativa expedida, según corresponda. Para lo cual, se requerirá el apoyo de la Intendencia Nacional de Planificación, Tecnología y Desarrollo.- En caso de reforma o derogatoria normativa, verificación de que se cuente con los justificativos técnicos y jurídicos respectivos.

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