Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO XVI DE LA PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS EN EL SECTOR SOCIETARIO
Art. 3
Vigente desde 2025-09-05
La resolución por la cual se imponen las sanciones previstas en el artículo innumerado añadido a continuación del artículo 19 de la Ley de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de delitos podrá ser impugnada de conformidad con el Reglamento para la impugnación de las resoluciones de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros. Artículo sustituido por artículo 1 de Resolución de la Superintendencia de Compañías No. 1, publicada en Registro Oficial No. 726 de 5 de abril del 2016 .
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.